Desde el 22 de julio de 2015, los trabajadores por cuenta propia o autónomos pueden obtener telematicamente un duplicado de resolución de su alta o baja en el RETA.
Los interesados pueden acceder ya al nuevo servicio desde la sede electrónica de la Seguridad Social, siempre que dispongan de un certificado digital incluido en la lista de certificados admitidos, así como cumplir con el resto de requisitos técnicos.
De esta forma, se obtendrá un documento en un fichero .pdf, del que se pueden obtener copias impresas de los trámites deSolicitud de alta o de baja en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
FUENTE:ASESORUNIVERSAL.COM